Instrumentos Suceptibles a ser Vendidos con Pacto Retrocompra:
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Los Papeles emitidos por el Banco Central de Chile (BCU, BCP, PRC, PDBC).
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Tesorería General de la República y las demás instituciones del Estado, incluyendo el Instituto de Normalización provisional (BTU, PRT).
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Cualquier emisor cuyos títulos de deuda cuenten con la garantía de alguna de las entidades señaladas en el punto anterior.
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Otras empresas bancarias establecidas en el país, con excepción de los bonos subordinados a los que se refiere el artículo 55 de la Ley General de Bancos.
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Emisores inscritos en el Registro de Valores de la Superintendencia de Valores y Seguros (Ej.: bonos corporativos).