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Cuadro resumen de planes y capital asegurado
Coberturas
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Plan 1 |
Enfermedades graves |
UF 250
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Importante:
Durante los primeros dos meses de cobertura, si el cliente presenta un siniestro en la compañía, se pagará el 5% del capital total asegurado.
El cliente puede contratar hasta 5 veces la misma póliza.
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Prima Neta |
IVA
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Prima Bruta |
Enfermedades graves |
UF 0,22 |
UF 0,04 |
UF 0,26 |
Este seguro cuenta con beneficios de descuentos en Telemedicina de acuerdo a lo siguiente:
Coberturas:
La Compañía que cubre el riesgo es MetLife Chile Seguros Generales S.ALa información presentada es sólo un resumen de las principales características del Seguro Enfermedades y Cirugías Graves (ex Itaú 6). Las coberturas, condiciones y exclusiones se rigen según lo dispuesto en la póliza bajo el código POL 3 20130146 (TLMK) o POL 3 2013 0507 (Internet).
Para mayor información sobre la póliza antes señalada visita el sitio de la Comisión del Mercado Financiero www.cmfchile.cl.
La edad mínima de ingreso: 18 años cumplidos.
La edad máxima de ingreso: hasta los 64 años con 364 días.
La edad máxima de permanencia: 69 años con 364 días.
Vigencia del Seguro: Este seguro tiene una vigencia de 1 año con renovación automática.
Carencia: Sesenta (60) días, contados a partir de la fecha de vigencia inicial del asegurado en la póliza o desde su rehabilitación.
En caso que el asegurado titular experimente una de las seis enfermedades y/o intervenciones quirúrgicas dentro del período de carencia establecido, no operará la cobertura respecto de dicha enfermedad.
Deducible: Este seguro no considera deducible.
DPS: Todos los Asegurados al momento de la contratación del seguro deberán contestar una Declaración de Salud simple en la cual el Asegurado exprese que no padece alguna de las enfermedades que muestre la declaración.
La cobertura y las indemnizaciones de esta póliza se entienden respecto de cada evento, pudiendo el Asegurado ser indemnizado por más de una enfermedad o intervención quirúrgica durante la vigencia de la póliza, pero en ningún caso será indemnizado dos veces por la misma enfermedad o intervención quirúrgica.
No estarán cubiertas por la póliza las situaciones o enfermedades que tengan su causa mediata o inmediata en alguno de los siguientes hechos:
a. SIDA o presencia del virus VIH.
b. Leucemia linfocítica crónica.
c. Suicidio, tentativa de suicidio o enfermedad intencionalmente causada o lesiones auto infringidas, ya sea en estado de cordura o demencia.
d. Riñas o alborotos populares en los que hubiere intervenido el asegurado.
e. Riesgos nucleares.
f. Padecimientos congénitos.
g. Trasplantes que sean procedimientos de investigación.
h. Intoxicación o encontrarse el asegurado bajo los efectos de cualquier narcótico o droga a menos que hubiese sido administrado por prescripción médica. Dicha circunstancia se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes.
i. La conducción de cualquier vehículo por parte del asegurado, encontrándose éste en estado de ebriedad, conforme a los límites establecidos en la normativa vigente a la fecha del siniestro. Dicha circunstancia se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes.
j. Situaciones o Enfermedades preexistentes. Para los efectos de la aplicación de esta exclusión, al momento de la contratación la Compañía Aseguradora deberá consultar al Asegurable acerca de todas aquellas situaciones o enfermedades preexistentes que pueden importar una limitación o exclusión de cobertura. En el certificado de cobertura o en las condiciones particulares de la póliza, según corresponda, se establecerán las restricciones y limitaciones de la cobertura en virtud de la declaración de salud efectuada por el Asegurable, quien deberá entregar su consentimiento a las mismas mediante declaración especial firmada por él, la cual formará parte integrante de la Póliza.
Plazo de presentación de los antecedentes: El contratante tendrá un plazo de 90 días (corridos) a partir de la fecha de ocurrencia del siniestro para la presentación de los antecedentes.
Antecedentes a presentar:
Para la evaluación de un siniestro y el posterior pago de los beneficios que correspondan, la Compañía Aseguradora podrá solicitar los antecedentes que estime necesarios para acreditarlo y verificar por medio de sus médicos o representantes la efectividad del diagnóstico de la enfermedad o intervención cubierta, para lo cual el Asegurado deberá dar las facilidades para someterse a los exámenes y pruebas que se le soliciten. Todos los gastos para efectuar esta evaluación serán de costo de la Compañía Aseguradora.
Para realizar denuncia de siniestro puede acercarse a cualquier Sucursal Itaú.
Periodo de Carencia:
La cobertura de esta póliza tendrá un período de carencia de sesenta (60) días, contados a partir de la fecha de vigencia inicial de la póliza, desde su rehabilitación, o desde la fecha de incorporación del asegurado, según corresponda.
En caso que el asegurado titular experimente una de las nueve enfermedades y/o intervenciones quirúrgicas dentro del período de carencia establecido, no operará la cobertura respecto de dicha enfermedad.