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Cobertura |
Capital |
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Fallecimiento del Asegurado |
Saldo insoluto del crédito al momento del fallecimiento del titular |
Tope Máximo para indemnizar: UF 30.000
La Compañía que cubre el riesgo es BNP Paribas Cardif Seguros de Vida. El seguro es intermediado por Itaú Corredores de Seguros S.A. Las presentes coberturas y exclusiones de este seguro son un resumen de la póliza depositada en la CMF bajo el código POL 2 2017 0249.
Para más información sobre las pólizas señaladas visita el sitio de la Comisión del Mercado Financiero www.cmfchile.cl.
Asegurados y Requisitos
a) La edad mínima de ingreso de los asegurables es de 18 años
b) La edad máxima de ingreso de los asegurables es hasta los 75 años y 364 días.
c) La edad máxima de permanencia de los asegurables es hasta los 80 años y 364 días.
d) Todos los asegurados deberán cumplir con los requisitos médicos que se indican a continuación, de acuerdo con la edad del asegurable:
Capital asegurado UF |
Hasta 75 años |
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0 -1.999
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Sin requisitos |
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A partir de las 2.000
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DSS* |
*DSS: Declaración Simple de Salud.
Las exclusiones se encuentran detalladas en las Condiciones Generales que amparan la cobertura de la presente Póliza, depositadas en el depósito de pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero, bajo el código POL 2 2017 0249 , Artículo N° 4. A excepción de lo señalado en relación a la exclusión del Artículo N°4, punto 1° de la POL 2 2017 0249, en el caso de que el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, lo cual se encuentra cubierto por esta Póliza desde el primer día.
Cabe señalar que, la exclusión definida en el Artículo N° 4, numero 3) de la POL 2 2017 0249 referente a las Enfermedades Preexistentes, se encuentra cubierta para aquellos asegurados cuyo monto del crédito sea inferior a UF 2.000.
Cálculo de Prima
Plazo crédito (meses)
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Tasa bruta total (tasa por mil sobre el monto inicial del crédito) |
01-12
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8,5000 |
13-24
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15,5000 |
25-36
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23,5000 |
37-48
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32,4000 |
49-60
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42,7000 |
61-72
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54,0000 |
73-84
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66,1000 |
85-96
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73,7000 |
97-108 |
80,1000 |
Plazo de presentación de los antecedentes
Producido un siniestro, el reclamante deberá comunicarlo por escrito tan pronto sea posible una vez tomado conocimiento de este. No obstante, se establece un plazo de 90 días corridos siguientes a la fecha en que se haya tomado conocimiento del hecho, en tanto este plazo sea superior al primero.
Para tal efecto el reclamante deberá completar un formulario de denuncio de siniestros que le será proporcionado por la Corredora.
Antecedentes para la liquidación
Para el trámite de siniestros, el Reclamante deberá enviar los siguientes antecedentes:
a) Formulario de denuncia de siniestros firmado por el Reclamante, indicando número de Póliza y cobertura siniestrada.
b) Certificado de defunción en original, indicando causa de fallecimiento.
c) Copia del Parte Policial o certificado de atención de urgencia en caso de muerte accidental.
d) Tabla de desarrollo de la deuda con detalle del valor Saldo Capital, suponiendo un servicio regular de la deuda e intereses por cada cuota en mora a la fecha de fallecimiento.