Depósito a Plazo

El Depósito a Plazo (DAP) es un título de deuda que se emite para certificar el depósito de dinero recibido de una persona o empresa, sea esta natural o jurídica, bajo la obligación de restitución del dinero dentro de un plazo acordado entre ambas partes, incluyendo reajustes y/o intereses convenidos, según corresponda.

 

Una vez efectuada la transacción el Banco emite un certificado de depósito, en el cual se estipula fecha de inicio, monto, fecha de vencimiento, tasa pactada e intereses generados por la inversión.

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  • Beneficios
  • Características
  • Requisitos
  • Tipo de Depósito
  • Producto muy sencillo de utilizar.
  • Producto de inversión con rentabilidad conocida y riesgo acotado de acuerdo al emisor, en este caso es Banco Itaú.
  • No tiene costos de comisión.
  • Banco Itaú establece como regla general en su política el No acceder a la solicitud de rescate o anticipo de depósitos a plazo.
  • Los clientes personas naturales (sin contabilidad) pueden acogerse a franquicia tributaria acogida al articulo 57 bis, Letra A, Ley de Renta.
  • El plazo mínimo de inversión es de 7 días corridos para clientes empresas y 30 días para clientes sucursales, salvo que se trate de captaciones reajustables por la variación de la UF, en que el plazo mínimo es de 90 días.
  • El plazo máximo dependerá de la liquidez del mercado local.
  • Los montos mínimos son: $ 2.000.000 Pesos y UF equivalente y USD 4.000 para dólares.
  • El inversionista conoce de antemano el monto final de la inversión.
  • Los depósitos a plazo pueden ser nominativos o endosables.
  • En el caso del segmento de empresas, debes ser cliente de Banco Itaú, lo que implica tener estudiado los antecedentes sociales y poderes.
  • Los poderes deben considerar facultad para tomar depósitos a plazo.
  • En el caso de personas naturales, bastará la Cédula de Identidad o Pasaporte como identificación personal.
  • Depósito a Plazo fijo (DPF): Contrato donde el banco y cliente fijan de antemano una tasa y fecha de vencimiento de la inversión.
  • Depósito a Plazo Renovable Automáticamente: contrato que considera la posibilidad de prorrogar automáticamente el depósito por un nuevo período con la misma cantidad de días, caso contrario el cliente tiene 3 días hábiles después de su vencimiento para poder retirar o pactar una tasa personalmente con el ejecutivo de inversión.
  • Emisión Física: Implica que el día de inicio de la operación el inversionista obtiene copia física del documento para su propia custodia, sin embargo el cliente puede solicitar que el banco realice la custodia de dicho documento.
  • Servicio de Pago Emisión Electrónica: El documento no se emite físicamente y queda en custodia en el banco en forma electrónica y sólo se emitirá cuando sea solicitado por el cliente (en cualquier sucursal) o en su defecto al vencimiento de la operación.
  • Emisión Desmaterializada: Es aquella en la cual el banco entrega al cliente la inversión por medio del Deposito Central de Valores (DCV), el cual registra y custodia dichos títulos electrónicamente a favor del cliente. Esto permite facilitar las operaciones de transferencia de dichos valores entre depositantes.

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